PAÍS VASCO Y NAVARRA: Sepa cuáles son las dietas por transporte exentas
Le recordamos el tratamiento fiscal de las asignaciones para gastos de locomoción.
Si su empresa abona cantidades a sus trabajadores para compensarles por los gastos de viaje que éstos satisfagan de su bolsillo para desplazarse a trabajar fuera de la fábrica, taller, oficina o centro de trabajo habituales, esas cuantías no están gravadas en Renta bajo los siguientes requisitos e importes máximos:
Transporte público
Si el empleado utiliza un transporte público, no tributa el importe del gasto que se justifique mediante factura o documento equivalente.
Transporte privado
Si el trabajador utiliza un vehículo privado, no tributan las cantidades que su empresa le abone por:
- Los gastos de peaje y aparcamiento.
- Los kilómetros recorridos, con un máximo de 0,29 euros por kilómetro, en el País Vasco; 0,35 euros por kilómetro, en Navarra.
Para ello, se exige que el trabajador justifique tanto los gastos de peaje y aparcamiento como la realidad del desplazamiento.
Nuestros asesores resolverán las dudas que se le planteen respecto a la tributación de las dietas por transporte de sus trabajadores.-
PAÍS VASCO: ¿Puede aplicar alguna bonificación en el IAE?
Verifíquelo en las ordenanzas fiscales de su municipio. Infórmese de los plazos de su localidad y no deje escapar su bonificación.
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PAÍS VASCO Y NAVARRA: Periodifique sus gastos antes de fin de año
Tenga en cuenta que al cerrar la contabilidad debe computar los gastos en el ejercicio correcto.
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PAÍS VASCO Y NAVARRA: Revise su prorrata a final de año
Si su empresa está en prorrata en el IVA, va a tener que hacer alguna regularización en la última declaración del año.